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Preguntas frecuentes

Respuestas Claras

Aquí respondemos algunas de las consultas más comunes para que tengas mayor claridad antes de contactarnos.

Nuestro foco principal son las pequeñas y medianas empresas, pero también asesoramos a personas naturales en materias específicas, como temas laborales, civiles o deudas, según el caso.

Comenzamos con una conversación inicial donde revisamos tu situación, entendemos el contexto y evaluamos cómo podemos ayudarte. En esa instancia te explicamos las alternativas y los pasos a seguir.

Ambas opciones son posibles. Algunas empresas nos contactan para resolver un tema específico, mientras que otras prefieren un acompañamiento legal continuo.

Los honorarios se determinan según la naturaleza y complejidad del asunto, el tiempo estimado de trabajo y el tipo de servicio. Buscamos siempre una alternativa clara y acorde a la realidad de las pymes.

Atendemos tanto de manera presencial como remota, dependiendo de la ubicación del cliente y del tipo de asesoría requerida.

Lo podemos definir como aquel evento en que, participando vehículos y/o personas, a consecuencia de la negligencia o dolo de parte de una o más de ellas se producen daños o lesiones en las personas y/o vehículos involucrados. 

Existen tres clases de daños, en cuanto a responsabilidad civil e indemnización de perjuicios respecta. 

  • Daño emergente: Es el daño a consecuencia directa del hecho. Es aquel que se refiere a cualquier tipo de deterioro o pérdida de funcionalidad del vehículo involucrado en el accidente. Considerando también los gastos necesarios para su reparación, o en caso de pérdida total, la venta del vehículo a un precio insignificante. 
  • Lucro cesante: Consiste en la pérdida de una oportunidad de obtener una ganancia o utilidad económica producto de haber sufrido un daño ocasionado por un tercero. En este caso, por un accidente se pierde la oportunidad de obtener ganancias por trabajar el vehículo por un determinado periodo de tiempo. Esta oportunidad de obtener ganancia debe ser cierta, es decir, que no puede ser una mera expectativa, así para poder determinar el monto se puede considerar cuanta utilidad obtenía normalmente, como por ejemplo sería el caso de los taxis o los vehículos de flete.
  • Daño moral: Es el pesar o molestia psicológica y personal que sufre una persona a consecuencia de haber sufrido el accidente.

Denuncia y querella son conceptos diferentes, a continuación, se presentan las diferencias:

DenunciaCorresponden a la constatación de un hecho potencialmente ilícito realizadas por Carabineros o Inspectores. Lo cual en ocasiones sirve como antecedente sobre el cual nuestros abogados confeccionan la correspondiente querella infraccional y demanda civil.

Querella Infraccional: Corresponde a una acción legal impetrada por la persona afectada por un determinado accidente de tránsito con el objetivo de perseguir la sanción legal y las multas aplicables al hecho.

Las sanciones que establece la ley de tránsito son las siguientes:

  • Arresto si el demandado no cumple con las obligaciones que emana el Tribunal, como la no comparecencia.
  • Multas.
  • Si además de infringir la ley de tránsito se han causado daños, los afectados pueden demandar Indemnización de perjuicios, llegando inclusive al embargo y remate de los bienes del demandado.
  • Suspensión de licencia de conducir.
  • Retención de vehículos motorizados.
  • Entre otras.

Una demanda es un documento legal presentado ante un tribunal, por una parte, conocida como el demandante, con el objetivo de solicitar al tribunal que tome acción o decida sobre una disputa legal. La demanda es el punto de partida de un proceso judicial y generalmente incluye información detallada sobre la reclamación del demandante, los hechos relevantes, y la solicitud específica de la acción que se busca del tribunal.

Podrá consultar si ha sido demandado ingresando con su clave única a la Oficina Judicial Virtual (www.ojv.pjud.cl.) en donde se desplegará todas las causas clasificadas por materias, en las cual figure su número de cédula de identidad.

La notificación en un proceso judicial en Chile es formalidad para asegurarse de que todas las personas relacionadas con el caso estén al tanto de lo que está sucediendo y tengan la oportunidad de responder o tomar las medidas adecuadas. Las notificaciones pueden realizarse de diversas maneras, pero por lo general, las partes involucradas dentro de un procedimiento deben encargar las notificaciones a algún Receptor Judicial.

Desde el mismo sitio web de la Oficina Judicial Virtual (www.ojv.pjud.cl) podrá consultar los datos de las causas que estén asociadas a su número de cédula de identidad, donde podrá obtener el rol de la causa, su caratulado, el tribunal que está conociendo de la causa y todas las gestiones que se hayan o estén realizando a la fecha de la consulta.

Para que los abogados puedan representarlo a usted y sus intereses y defenderlos ante los tribunales del país, se debe firmar un contrato que se le conoce como mandato judicial, en donde se le encomienda a un abogado habilitado para la profesión, la tramitación de algún conflicto de relevancia jurídica en su nombre. 

El mandato judicial para nuestra legislación es un contrato solemne por lo que debe contar por escrito, y debe se debe constituir de algunas de las siguientes formas para que tenga validez en un juicio:

  • Escritura pública, otorgada ante notario o ante Oficial del Registro Civil.
  • Acta extendida ante el Juez de letras o Juez árbitro y suscrito por todos los otorgantes.
  • Declaración escrita del mandante, autorizado por el secretario del tribunal (ministro de fe) que esté conociendo de la causa.